Informe y borrado legado digital

Servicio disponible para mutualistas sanitarios que tengan contratado un seguro de decesos o un seguro de vida

¿Qué es el servicio de informe y borrado del legado digital?

Es un servicio on-line que, previo registro y activación del servicio, se ayuda a los herederos del asegurado a conocer y eliminar, si procede, toda la información existente en Internet que pueda lesionar la intimidad, honor, privacidad y seguridad de la persona fallecida.

¿Qué incluye este servicio?

  • Informe del legado digital: elaboración en un único documento de las principales referencias y contenidos expuestos de forma pública en Internet y que hacen referencia a la persona fallecida.
  • Borrado del legado digital: eliminación de la red de toda la información de carácter personal que ya no resulte relevante.

¿Cuáles son las condiciones de uso del servicio?

  • Solicitud de registro en el servicio.
  • Una vez registrado, accederás a la web del servicio al introducir tu código de acceso para la identificación.
  • Al seleccionar “Herencia digital” en el menú que se muestra a la izquierda podrás solicitar el servicio deseado completando el formulario.
  • El heredero o representante legal (solicitante) podrá acceder y solicitar los servicios en cualquier momento, durante las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
  • Presentación del certificado de defunción.
  • El informe de legado digital se realizará, exclusivamente, de acuerdo a los datos proporcionados en el formulario de solicitud del servicio y se enviará el documento resultante a la dirección de correo del solicitante.
  • El servicio de borrado del legado digital considera cada URL como una petición de servicio independiente, salvo en los casos en los que distintas URLs dentro de un mismo dominio apunten a una misma página web. Se solicitará a los herederos que faciliten toda la información de la que dispongan acerca de la identidad digital del fallecido, tal como usuarios y contraseñas. Si no disponen de dicha información se llevarán a cabo los correspondientes requerimientos legales para solicitarla.
  • En cualquiera de los dos servicios podrá ser necesario que el usuario cumplimente una autorización para la realización de las gestiones oportunas. Este documento será proporcionado al solicitante vía correo electrónico para su cumplimentación.
  • Las solicitudes de servicios están limitadas a 1 Informe de legado digital y 10 borrados por póliza.
  • El Informe del Legado Digital mostrará hasta un máximo de 20 resultados; en todos los casos se indicará al solicitante la procedencia de la información.
  • No se puede ofrecer una seguridad 100% de consecución de objetivos, ya que existen limitaciones en la aplicación de la Legislación y los medios técnicos.
  • La Ley de Protección de Datos no afecta a personas fallecidas, por lo tanto se hará uso de la Ley Orgánica 1/1982 del 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, así como actuaciones técnicas para conocer los procedimientos aplicables en cada caso. En caso de que la legislación aplicable sea otra perteneciente a otro país se tendrá en cuenta la legislación de destino.
  • La cancelación de perfiles en Redes sociales, o el acceso a los mismos cuando así se permita, se realizará atendiendo al cumplimiento legal vigente y a las normas y condiciones contractuales de cada una de las redes sobre las que se actúe.

¿Cómo solicitar un servicio de informe y borrado digital?

Web/Online

Registro y activación del servicio.

Acceder

Preguntas frecuentes

¿Qué incluye el Informe de legado digital?

  • Resumen de situación: descripción de la información del fallecido basada en información pública localizada en Internet.
  • Resultados de la búsqueda: se muestran los datos más representativos que aparecen como resultado de la búsqueda avanzada.
  • Recomendaciones: asesoramiento al solicitante del informe sobre las posibles acciones a llevar a cabo en relación a la información obtenida, como por ejemplo, solicitar el borrado de información, cancelación de perfiles en redes sociales, cierre de cuentas, etc.

¿Cuál es el alcance del servicio de borrado del legado digital?

  • La investigación y búsqueda de los responsables de la información publicada en Internet con quienes hay que contactar, la leyes que aplican y cuáles son las mejoes opciones de contacto según el caso concreto.
  • La solicitud y en su caso la exigencia formal de cancelación de la información (u otros objetivos según el caso).
  • Actualización al solicitante en todo momento sobre el estado de su solicitud.

¿Por qué solicitamos el certificado de defunción?

Es necesario que dispongamos de documentación que acredite que la persona titular de la póliza ha fallecido y que el solicitante es una persona que puede decidir respecto de su legado digital, de acuerdo con la ley. El certificado de defunción ratifica la defunción de una persona y es expedido por el Registro Civil. Así evitamos posibles usos malintencionados de los servicios.

¿Qué porcentaje de éxito existe?

No se puede ofrecer una seguridad 100% de consecución de objetivos, ya que existen limitaciones en la aplicación de la Legislación y los medios técnicos cuando:

  • otros derechos prevalecen respecto al derecho a la intimidad y el honor, como por ejemplo el derecho a la información, transparencia informativa, libertad de expresión, etc.
  • se trata de información que se ha publicado obedeciendo a normas o Leyes específicas.
  • no es posible identificar al responsable ante el que hay que ejercer los derechos debido a que se ha protegido dicha información mediante medios técnicos específicos.

Tengo problemas para acceder al servicio, ¿Qué debo hacer?

Compruebe que su equipo cumple los siguientes requisitos técnicos:

  • Conexión a internet mínima: 512 Kbps. de subida/bajada.
  • Requisitos mínimos de Hardware:
    • Sistemas Windows: procesadores Intel Pentium D, AMD Athlon 64.
    • Sistemas MAC: procesadores Intel.
    • RAM: 1 GB.
  • Requisitos mínimos de Software:
    • Microsoft Windows XP y superiores, Internet Explorer 8 y superiores, .NET Framework 3.5 y superiores.
    • Apple MAC OS 10.6 y superiores, Safari 5.0.1 y superiores.

Para utilizar el servicio debes introducir el NIF de su familiar fallecido.

IMPORTANTE: en caso de que el tomador del seguro no estuviera registrado, el familiar deberá realizar el registro completando el formulario con los datos correspondientes a la persona fallecida.

Si tiene alguna duda relacionada con la prestación del servicio contacta con el soporte de ayuda, a través del correo electrónico support@onlineassist.me indicando su nombre, número de póliza, teléfono de contacto y descripción del motivo de la consulta.